Solicita tu CAE (Certificado de Ahorro Energético) por coche eléctrico y cobra hasta 1.300EUR en 72 horas

Las fichas oficiales del Ministerio TRA050.P y TRA050.E reconocen el ahorro energético de la sustitución de tu vehículo de combustión por un vehículo eléctrico.
CAESba actúa como gestor especializado, recopilando la información, calculando el ahorro energético e interactuando directamente con FENÍE Energía como sujeto obligado en la compra del ahorro. Aquí tienes un artículo completo explicando cómo tramitamos tu CAE por sustitución de coche de combustión por coche eléctrico en CAESba.

Nota de actualización (septiembre 2026): Este artículo ha sido revisado tras la entrada en vigor de las nuevas fichas TRA050.P y TRA050.E (que vienen a sustituir la TRA050), derivadas de la actualización publicada en el BOE el 4 de agosto de 2026. Cualquier duda derivada de esta modificación por favor consultar con nosotros directamente.

Qué es el CAE por vehículo eléctrico (TRA050.P y TRA050.E)

Los CAEs (Certificados de Ahorro Energético) son una herramienta para incentivar las inversiones en mejora de eficiencia energética, te explicamos todos los detalles en ¿Qué es un CAE?.

Cuando sustituyes un vehículo de combustión por uno 100% eléctrico, el ahorro de energía generado tiene un valor económico que puedes cobrar.  Se trata de una actuación estandarizada por el Ministerio de Transición Ecológica (MITECO), cuyo nombre e información oficial está recopilada en las fichas oficiales del Ministerio TRA050.P (Personas físicas sin actividad económica) y TRA050.E (Autónomos, empresas y entidades).

El proceso es compatible con el Plan Auto+ 2026, con MOVESIII y con otras ayudas autonómicas. El CAE se gestiona al margen de esas otras ayudas, por ejemplo a través de un gestor especializado como es CAESba.

Requisitos para tramitar el CAE por sustitución

Vehículo combustión/híbrido sustituido

Vehículo eléctrico adquirido

  • Vehículo 100% eléctrico (BEV) – Otros vehículo electrificados no son elegibles.
  • 1a matriculación:
    • Nuevo
    • De segunda mano 
  • No puede haber generado CAE con anterioridad
  • Misma titularidad que el vehículo sustituido
  • Debe ser de la misma categoría que el vehículo sustituido (solo se considerarán las categorías M1, M2, N1 y L).

Plazos entre ambas operaciones

En función del orden de las operaciones:

  • Si primero entregamos el vehículo de combustión: la entrega se puede producir como máximo hasta 3 meses antes de la adquisición del vehículo eléctrico.
  • Si primero compramos el vehículo eléctrico: la entrega del vehículo de combustión se puede producir hasta 6 meses después de la adquisición del vehículo eléctrico.

Documentación necesaria

Estos son los documentos que necesitarás enviar. Pueden estar escaneados o fotografiados con la máxima calidad posible, siempre que sean legibles y sean válidos.

Vehículo de combustión/híbrido sustituido

  • Ficha técnica del vehículo sustituido. Idealmente donde se vea la cara de los sellos de la ITV (en caso de que no se vean los sellos, en el siguiente punto necesariamente se tendrán que aportar también los últimos recibos del IVTM).
  • Documento justificativo que acredite la titularidad del vehículo sustituido durante mínimo 2 años. Se considerará válido alguno de los siguientes:
    1. El permiso de circulación junto con la tarjea de inspección técnica del vehículo.
    2. Los dos últimos recibos del impuesto de circulación IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica).

Aunque son complementarios, se recomienda aportar tanto permiso de circulación como los dos últimos recibos del impuesto de circulación (IVTM), sobre todo en el caso de que el vehículo sustituido sea de segunda mano.

  • Documento justificativo que acredite que el vehículo ya no está en propiedad. Se considerará válido alguno de los siguientes:
  1. En caso de achatarramiento: El certificado de achatarramiento
  2. En caso de venta del vehículo:
      1. La solicitud de cambio de titularidad registrada en la Dirección General de Tráfico del vehículo substituido
      2. Contrato de compraventa del vehículo antiguo O factura de compra del concesionario en la que conste de forma inequívoca la entrega del vehículo antiguo O nuevo permiso de circulación del vehículo antiguo en el que conste el cambio de titular.
  • ITV en vigor al menos durante 9 meses dentro de los 12 anteriores a su venta/achatarramiento: Lo podremos hacer con los sellos de la ITV de la ficha técnica o directamente con un informe completo de la DGT.

El informe completo de la DGT nos puede servir tanto para:

  • Acreditar que el vehículo ya no está en propiedad.
  • Que ha tenido la ITV en vigor durante al menos 9 meses dentro de los 12 últimos antes de su venta.
  • Que el kilometraje anual del vehículo está por encima de la media nacional (12.295km en el caso de turimos). Esto se hará tomando como referencia las dos últimas ITVs.

Vehículo eléctrico nuevo

  1. Facturas justificativas de la adquisición del vehículo
  2. Permiso de circulación del vehículo eléctrico
  3. Ficha técnica del vehículo eléctrico

Documentación personal

  1. DNI por ambas caras
  2. Certificado de titularidad bancaria
Ver ejemplos de cada documento

Titular

Ejemplo de DNI del propietario del vehículo

Ejemplo DNI propietario
 

Vehículo sustituido

Ejemplo de Ficha Técnica del vehículo sustituido

Ficha técnica ITV

Ejemplo de certificado de achatarramiento (I)

Certificado achatarramiento I

Ejemplo de certificado de achatarramiento (II)

Certificado achatarramiento II

Ejemplo de justificante de cambio de titularidad DGT

Justificante cambio titularidad DGT

Ejemplo de informe completo de cambio de titularidad DGT

Informe completo cambio titularidad

Ejemplo de contrato de compra de vehículo eléctrico

Contrato de compraventa
  

Vehículo eléctrico nuevo

Ejemplo de factura de compra de vehículo eléctrico

Factura de adquisición

Ejemplo de permiso de circulación de vehículo eléctrico

Permiso de circulación
 

Cómo tramitamos tu CAE: 3 pasos sin complicaciones

¿Cuánto voy a cobrar por mi CAE?

Depende del vehículo sustituido y del nuevo vehículo eléctrico. En CAESba ofrecemos una contraprestación variable en función del ahorro energético de la actuación.

Más ahorras, más ganas. Y lo hemos montado con una tabla de equivalencias, para cada horquilla de 500kWh de ahorro energético, corresponde una determinada contraprestación.

Para sustituciones estándar, normalmente podemos acreditar entre 7.000 y 8.000kWh de ahorro energético, siendo 650EUR-700EUR la contraprestación más habitual. Pero realmente hemos conseguido generar CAEs por sustitución de vehículo de combustión por vehículo eléctrico puro de más de 3.000EUR.

En este artículo te contamos cómo calcular el valor de tu CAE por sustitución de vehículo de combustión por vehículo eléctrico puro para que tú mismo puedas estimar el valor de tu actuación.

A continuación, te presentamos la tabla con los 20 rangos más habituales, pero realmente la tabla no tiene final.

Rango Ahorro energético mínimo [kWh] Ahorro energético máximo [kWh] Contraprestación [EUR]
1
4.000
4.500
350
2
4.501
5.000
400
3
5.001
5.500
450
4
5.501
6.000
500
5
6.001
6.500
550
6
6.501
7.000
600
7
7.001
7.500
650
8
7.501
8.000
700
9
8.001
8.500
750
10
8.501
9.000
800
11
9.001
9.500
850
12
9.501
10.000
900
13
10.001
10.500
950
14
10.501
11.000
1.000
15
11.001
11.500
1.050
16
11.501
12.000
1.100
17
12.001
12.500
1.150
18
12.501
13.000
1.200
19
13.001
13.500
1.250
20
13.501
14.000
1.300

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para vender mi CAE desde la compra del vehículo?

Tienes un plazo máximo de 3 años desde la fecha en que se realizó la actuación. 

¿El CAE es compatible con el Plan Auto+ 2026 o las ayudas MOVESIII? ?

Sí. El CAE por sustitución (TRA050) es acumulable con las ayudas del Plan Auto+ 2026 y también con los planes MOVESIII 2023, 2024 y 2025. Son mecanismos independientes con fuentes de financiación distintas.

¿Puedo tramitar el CAE si el coche eléctrico lo compré de segunda mano?

Sí, a raíz de la actualización en el BOE de agosto de 2026 se recoge explícitamente que se puede solicitar el CAE para coches eléctricos adquiridos de segunda mano (siempre y cuando se cumplan el resto de requisitos aplicables, incluido que el vehículo no haya sido generador de CAE anteriormente). 

¿Qué diferencia hay entre CAESba y tramitarlo en el concesionario?

CAESba opera directamente con FENÍE Energía, sujeto obligado del sistema que abona el valor del CAE tras una verificación interna, sin esperar a la verificación de los gestores autonómicos, esto se traduce en tiempos de respuesta muy rápidos, podrás cobrar el CAE en unas 72 horas tras la verificación positiva de FENÍE Energía.

¿Hay ejemplos reales de casos de cobro del CAE?

Puedes ver las opiniones de nuestros clientes y también leer los casos de Sandra y Juan Antonio, que consiguieron cobrar su CAE por coche eléctrico gracias a CAESba.

¿Si otro gestor no ha podido tramitar mi actuación, lo podría hacer CAESba?

Vende ya tu CAE - Sin compromiso, no cobramos si no lo consigues vender

Revisamos tu caso en menos de 24 horas y te confirmamos el importe de tu CAE.

¿Has sustituido un coche de combustión por uno 100% eléctrico?

Sin compromiso · Respaldo de Feníe Energía · Tus datos están seguros

Scroll al inicio