Plazos y requisitos de sustitución del vehículo de combustión para cobrar el CAE coche eléctrico

Achatarramiento vehículo combustión

Condiciones que se deben cumplir en el vehículo de combustión sustituido para poder cobrar el CAE por compra de vehículo 100% eléctrico

Quieres vender tu CAE (Certificado de Ahorro Energético) por sustitución de tu antiguo vehículo de combustión por un vehículo eléctrico puro pero no sabes exactamente los requisitos que debe cumplir el vehículo sustituido.

Vamos a revisar las condiciones que se deben cumplir para poder solicitar el CAE (Certificado de Ahorro Energético) por sustitución de vehículo de combustión por vehículo 100% eléctrico según la ficha TRA050.

1. Misma titularidad del vehículo sustituido y del vehículo eléctrico

El titular del vehículo sustituido y del vehículo eléctrico debe ser la misma persona, ni siquiera una relación conyugal o familiar entre dos titular distintos podría darse por válida.

2. Titularidad del vehículo sustituido durante al menos 1 año

El solicitante del CAE deberá poder acreditar documentalmente que ha sido titular del vehículo sustituido durante al menos 1 año. Esto se podrá acreditar mediante uno de los siguientes documentos:

3. Plazos entre la entrega del vehículo de combustión y la compra del vehículo eléctrico

Para que se considere que hay una relación entre la compra del vehículo eléctrico y la venta del vehículo de combustión, y que por lo tanto existe una sustitución de vehículo, el lapso de tiempo entre ambas fechas debe cumplir una de las siguientes condiciones:

  • La entrega del vehículo de combustión se puede producir como máximo hasta 3 meses antes de la adquisición del vehículo eléctrico.
  • La entrega del vehículo de combustión se puede producir hasta 6 meses después de la adquisición del vehículo eléctrico.

3. He vendido el coche de combustión a un familiar, ¿puedo obtener mi CAE coche eléctrico?

Sí, si has vendido tu coche a un familiar sigue considerándose como condición válida para poder generar tu CAE por coche eléctrico, pero debemos acreditar que el comprador del coche de combustión no vive en el domicilio que el vendedor.

Por lo tanto, siempre que vendamos nuestro coche a un particular deberemos presentar una declaración responsable de no conviviente en el mismo domicilio (que desde CAESba nos encargaremos de prepararos para que solo la tengáis que revisar y firmar).

4. Documentación para acreditar la entrega del vehículo de combustión

En caso de venta del vehículo:
  • Solicitud cambio de titularidad en la DGT.
  • Contrato de compraventa (para los casos en los que se ha realizado un traspaso entre particulares)
  • Factura de compra emitida por un concesionario donde figure la entrega del vehículo antiguo.
  • Nuevo permiso de circulación donde conste el cambio de titular.
  • Declaración responsable de no conviviente en el mismo domicilio (en el caso de venta entre particulares).

En caso de baja/achatarramiento del vehículo:

  • El certificado de achatarramiento.

En ambos casos, como ya vimos para acreditar la titularidad del vehículo durante al menos 1 año, uno de los siguientes documentos:

  • El permiso de circulación
  • El último recibo del impuesto de circulación (IVTM)

Contacta con nosotros para verificar que puedes vender tu CAE coche eléctrico.

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